Los Fideicomisos, mandatos, análogos y Entes Públicos

Publicado el 01/02/19

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Consultoría Fideicomisos
La consultoría contable en los fideicomisos

Antecedentes

He visto que algunos entes públicos (con estas figuras jurídicas, principalmente fideicomisos) están solicitando a las instituciones fiduciarias y en otros casos, directamente a despachos que llevan las contabilidades, que los sistemas contables (software) dónde lleven los registros, cumplan con la Ley General de Contabilidad Gubernamental LGCG, en cuanto a aspectos presupuestarios, y hasta en Disciplina Financiera y de cumplimiento del SEvAC (Sistema de Evaluación de la Armonización Contable); algo que si bien no es imposible, si es de complicado cumplimiento, sobre todo cuando vemos que entes públicos no cumplen aún al 100%

Fundamentos

El fundamento para indicar que dicha obligación (de la Contabilidad Gubernamental) es de los entes públicos y no de las instituciones fiduciarias, lo tomo del documento denominado “Lineamientos que deberán observar los Entes Públicos para Registrar en las Cuentas de Activo los Fideicomisos sin Estructura Orgánica y Contratos Análogos, Incluyendo Mandatos” publicados en el DOF el 2 de enero de 2013 y con una última reforma publicada el 30 de diciembre del 2013; de aquí en adelante llamados Lineamientos, y en estos se indica que:

En la administración pública mexicana estas figuras jurídicas se han constituido con el propósito de administrar recursos públicos destinados al apoyo de programas y proyectos específicos, que auxilien a los entes públicos en las atribuciones del estado, impulsando las áreas prioritarias del desarrollo.

Los Lineamientos dicen que

“La Ley… introduce un nuevo esquema de contabilidad gubernamental…, . Contempla que la contabilidad gubernamental sea un elemento efectivo y clave en la toma de decisiones sobre las finanzas públicas y no sólo un medio para elaborar cuentas públicas, establece parámetros y requisitos mínimos obligatorios de la contabilidad… se desprenden características… como el reconocimiento y seguimiento de las etapas presupuestales del ingreso y gasto,… la contabilidad con base en devengado, acumulativa y patrimonial, entre otras.”

Bien, pues el artículo 32 de la LGCG, establece la obligación para que los entes públicos registren “en una cuenta de activo los fideicomisos sin estructura orgánica y contratos análogos, incluyendo mandatos sobre los que tenga derecho o de los que emane una obligación”

En el apartado B de los Lineamientos se establecen aspectos generales y definiciones, y en el último párrafo del punto B.3 se establece que “La institución fiduciaria se obliga a registrar contablemente las operaciones derivadas de la recepción, administración, destino y finiquito de dichos recursos…”

El apartado C de los Lineamientos hablan acerca de la Normatividad Contable y menciona:

“se deberán observar las prácticas, métodos, procedimientos, reglas particulares y generales emitidas… , con el propósito de satisfacer las necesidades y requisitos de la rendición de cuentas y de la fiscalización y transparencia de la gestión financiera gubernamental.”

Y agrega algo muy importante al decir:

“los recursos públicos otorgados… no pierden ese carácter al ser fideicomitidos, por lo que son objeto de las medidas de control y seguimiento establecidas en los presentes Lineamientos, independientemente de lo señalado en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, así como de las leyes locales en la materia de cada entidad federativa.”

Un punto importante es el C.2.2 Afectación Contable, dónde dice que los entes públicos deben llevar la contabilidad gubernamental (financiera y presupuestaria) de los recursos, para lo cual deberá hacer uso de la cuenta

“1.2.1.3 “Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos”… por el importe de los recursos públicos…  vinculando las partidas del Clasificador por Objeto del Gasto con las subcuentas que permitan identificar las de gasto corriente y las de inversión.”

El punto C.2.3 dice que en “simetría al registro anterior – del ente-… se deberá registrar en una contabilidad separada por cada uno de ellos, los recursos recibidos del ente público con su contraparte en una cuenta de pasivo en favor de éste”, es decir, la institución fiduciaria debe llevar contabilidad… hasta aquí todo bien.

El punto C.2.4 Registro del Devengado, se indica que

“el ente público registrará el devengado, cuando afecte la cuenta de activo 1.2.1.3, por la entrega de recursos públicos al fideicomiso sin estructura orgánico, mandato o contrato análogo, para la adquisición de bienes, obra pública o la prestación de servicios.”

Y el punto C.2.5 indica

“El descargo y/o cargo de la cuenta de activo 1.2.1.3, se registrará con la rendición de cuentas que [se le] entregue al ente público, de conformidad con la documentación comprobatoria y el tipo de gasto previamente asignado, afectando las cuentas de activo especificas por la adquisición de bienes muebles, inmuebles intangibles o inversiones, así como las de resultados de gasto, o en su caso las de ingreso por los rendimientos generados o donativos recibidos”

El tipo de gasto previamente asignado, es decir, que la contabilidad realizada por la institución fiduciaria deberá registrar en las cuentas que le indique el ente público, y una vez informado el ente público, éste registrará lo presupuestario y lo financiero en la cuenta 1.2.1.3.; esto se confirma en el punto C.2.8 Afectación de la Contabilidad del Fideicomiso, ya que allí se menciona que

el fideicomiso sin estructura orgánica, mandato o contrato análogo, registrará en la contabilidad que lleva de forma separada, todas las operaciones que haya realizado de acuerdo con las instrucciones del ente público.”

Finalmente, el punto D. Relación Contable/Presupuestaria menciona…

«“ que las “…transacciones presupuestarias y contables generarán el registro automático y por única vez de las mismas en los momentos contables correspondientes,” … “Para el registro único de las operaciones presupuestarias y contables, los entes públicos dispondrán de clasificadores presupuestarios, listas de cuentas y catálogos de bienes o instrumentos similares que permitan su interrelación automática”,… En este sentido, las matrices de conversión… de cada ente público, deberán contener las partidas del clasificador por objeto del gasto vinculadas a la cuenta contable 1.2.1.3 …, para el registro de los recursos públicos entregados a los fideicomisos sin estructura orgánica y contratos análogos, incluyendo mandatos.»”

clasificadores

Los clasificadores presupuestarios de los egresos

Es decir, el ente público es el obligado a llevar la contabilidad gubernamental y no las instituciones fiduciarias (o los despachos contratados por ellas), que solo tienen la obligación de llevar contabilidad financiera, y en su caso registro en cuentas de orden para control.

Pero bueno, es un área de oportunidad para las firmas contables y asesores independientes que tengan conocimientos en estos temas de la contabilidad gubernamental y mejor aún, para los que (como yo) tenemos un software o sistema que cumple con lo que comienzan a requerir los entes públicos.

Yo lo visualizo como el inicio para incursionar en los temas de SaaS (software as a service) en el gobierno.

Escrito por Luis Roberto

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